Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos VI: En los juzgados

Habiéndose publicado en el DNA de hoy una noticia relevante que afecta a una de las tres denuncias presentadas, en este caso la de Euskal Trenbide Sarea (ETS), y dada la extensión de los comentarios al anterior post de la serie, "Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos V: En espera de los j...", parece procedente abrir una nueva sección de la misma.

LA JUEZA NO VE DELITO POR EL 'CASO VELEIA' EN LOS TRABAJOS QUE ELISEO GIL REALIZÓ PARA EUSKOTREN

La magistrada sobresee una de las dos denuncias de la firma por fraude y daños
El auto recuerda que el convenio de patrocinio entre ambas partes se firmó años antes de la aparición de los grafitos

Garikoitz Montañés

VITORIA. Cuando parece que el caso Veleia ya no puede generar más sorpresas, siempre tiene una vuelta de tuerca pendiente. La jueza ha decidido sobreseer una de las dos querellas presentadas por EuskoTren -en concreto, se trata del litigio de Euskal Trenbide Sarea- contra los responsables de Lurmen, la empresa encabezada por Eliseo Gil e Idoia Filloy y responsable de los otrora revolucionarios hallazgos del yacimiento romano, por presunto fraude y daños en recinto arqueológico. La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria entiende que "no aparece suficientemente justificada la perpetración de una infracción penal". Contra esta decisión aún cabe recurso.

El arqueólogo Eliseo Gil, ex director del yacimiento de Veleia. Foto: M. Ruiz

Las expectativas generadas por los hallazgos de Iruña Veleia, basados en unos grafitos con inscripciones en euskera, latín y de temática cristiana llamados a cambiar la Historia, saltaron por los aires el 19 de noviembre de 2008: una comisión de expertos activada por el Departamento foral de Cultura concluyó que las inscripciones eran falsas. Ese anuncio conllevó la decisión del Ejecutivo foral de retirar los permisos de excavación a Gil, que siempre ha negado las acusaciones, y de cerrarle las puertas del yacimiento. Pero el asunto no quedó ahí, ya que también comenzó una batalla legal en los tribunales.

La Diputación anunció, ya en marzo de 2009, que presentaba una querella con doble vertiente para tres personas vinculadas a Lurmen: por un lado, cargó contra Eliseo Gil y el geólogo Óscar Escribano por un presunto delito de atentado contra el patrimonio cultural y, por otro, contra el físico nuclear Rubén Cerdán y el propio Gil por estafa. El asunto fue más allá, puesto que la empresa pública que financió los trabajos de Lurmen, EuskoTren, también presentó sendas demandas -la firma en su día dividió el patrocinio entre la propia EuskoTren y Euskal Trenbide Sarea (ETS)-, en este caso contra el ex director y la ex codirectora de Veleia, Gil y Filloy.

El panorama, así, se complicó de tal forma en los tribunales que, por momentos, hasta tres juzgados diferentes manejaron información en torno al caso Veleia. Desde la Diputación y EuskoTren, de hecho, se barajaba la posibilidad de aunar sus querellas. Gil, por su parte, también respondió presentando una denuncia contra la Diputación y la UPV que, sin embargo, fue archivada. La situación ahora se repite, pero a la inversa.

La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria ha sobreseído las acusaciones de ETS. En el auto, al que ha tenido acceso este rotativo, la magistrada se centra sobre todo en las acusaciones de estafa. La jueza destaca, como ya sostuvo la Fiscalía, que el acuerdo entre el querellante y Lurmen es cuatro años anterior a la aparición de los hallazgos excepcionales y que, por tanto, los arqueólogos no tenían el propósito de engañar a la empresa.

EuskoTren y Lurmen suscribieron su acuerdo, en concreto, el 27 de abril de 2001, mediante el que la firma pública se comprometía a financiar la excavación en Veleia entre 2001 y 2010 a cambio de casi 620.000 euros. En 2004, nace Euskal Trenbide Sarea que, dos años más tarde, se reparte el presupuesto con ET. La compañía abonó, entre 2006 y 2008, unos 648.000 euros para este fin. Sin embargo, la magistrada considera que "la aportación patrimonial del querellante no obedece a la aparición de los grafitos" y, además, "tampoco se alega que la aportación se hiciera por la promesa de encontrarlos".

En definitiva, la jueza entiende que el mecenazgo financió un trabajo arqueológico que, de hecho, se ha realizado, "por lo que en origen no existió engaño alguno". Además, por los hallazgos de las piezas "no consta, ni se denuncia, que el querellante hubiera incrementado su aportación patrimonial".

OTROS DELITOS, OTRAS VÍAS

La magistrada, finalmente, también hace referencia tanto al perjuicio a su imagen que, según ETS, ha supuesto el escándalo de Veleia como al presunto daño causado al yacimiento arqueológico. Por un lado, entiende que para el daño al honor bastaba con acudir a la vía civil y mercantil y, por otro, que si se produjo un delito contra el patrimonio arqueológico, ETS debería presentarse "como acusación popular, presentando fianza, y no como perjudicado".

Llama atención, además, la celeridad con que el juzgado ha solventado esta querella, puesto que se anunció en mayo y el auto fue dictado, pese a las vacaciones, el pasado 17 de agosto. Este sobreseimiento provisional, contra el que cabe recurso, marca un precedente que podría motivar que, en próximas fechas, la denuncia pendiente de EuskoTren siga el mismo camino. Un nuevo enredo para un caso que no termina de aclararse.

LA POSICIÓN DE LA FISCALÍA AL PEDIR EL ARCHIVO DE LA CAUSA, CLAVE EN LA DECISIÓN JUDICIAL

El auto de la magistrada hace referencia en cuatro ocasiones a los argumentos anunciados por el fiscal

G. Montañés

VITORIA. El posicionamiento de la Fiscalía Provincial de Álava en el caso Veleia ha sido clave en la decisión judicial. El auto hace referencia en al menos cuatro ocasiones al razonamiento que llevó al fiscal a pedir el archivo de una de las denuncias de EuskoTren por las mismas razones que ahora esgrime la jueza: el convenio entre la firma pública y la empresa Lurmen, con Eliseo Gil al frente, se firmó cuatro años antes del inicio de los hallazgos y estos no motivaron un aumento del presupuesto de mecenazgo.

La posición de la Fiscalía, en cualquier caso, resultó sorprendente sólo hasta cierto punto. Y es que, en un primer momento, la Diputación alavesa simplemente trasladó la información del caso Veleia al fiscal jefe, Josu Izaguirre, para que estudiara el caso, pero la primera reacción de Izaguirre, el 5 de diciembre de 2008, fue solicitar más documentación. Ya en marzo, después de que Izaguirre mostrara sus dudas sobre la metodología seguida por el Ejecutivo foral en este caso, el Gobierno dio un paso más y presentó formalmente una querella contra tres personas vinculadas a Lurmen: Eliseo Gil, Óscar Escribano y Rubén Cerdán.

A Gil, de hecho, se le acumularon las causas en los tribunales, puesto que a la denuncia de la Diputación se sumaron las dos de EuskoTren, también por fraude y daños al patrimonio. Sin embargo, en julio, la Fiscalía solicitó el archivo de una de las querellas, la de ET. Fuentes del proceso incluso apuntaron que no se había repetido la fórmula con la otra causa de ETS porque el Ministerio Público no había recibido notificación de la misma.
.................................

Al día siguiente, en El País:

LA JUEZ ARCHIVA LA QUERELLA DE UN PATROCINADOR POR EL FRAUDE DE IRU...

El País - Vitoria - 06/09/2009

El Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria ha sobreseído una querella contra el arqueólogo Eliseo Gil e Idoia Filloy, directivos de la empresa Lurmen y responsables del yacimiento romano de Iruña-Veleia cuyos hallazgos resultaron falsos, presentada por la sociedad pública Euskal Trenbide Sarea (ETS), que patrocinó junto a EuskoTren las excavaciones. La juez entiende que "no aparece suficientemente justificada" la existencia de una infracción penal, puesto que el acuerdo de mecenazgo se firmó cuatro años antes de la aparición de las inscripciones en euskera y dibujos de temática cristiana calificadas por Gil de "excepcionales" en junio de 2006. El fallo es recurrible.

La sentencia argumenta que los arqueólogos no tenían el propósito de engañar a la empresa al presentar los hallazgos, debido a que la aportación no estaba condicionada a su aparición, según adelantó Noticias de Álava. La justicia aún debe pronunciarse sobre la querella de EuskoTren por el mismo motivo (ambas compañías compartían desde 2004 el patrocinio), y la presentada posteriormente por la Diputación de Álava.

Sobre el perjuicio de imagen invocado por ETS por el fiasco, la sentencia, siguiendo la opinión del fiscal, resuelve que para exigir reparaciones bastaba con acudir a la vía civil y mercantil. Añade que, de existir un delito contra el patrimonio arqueológico, la empresa debería acudir como acusación popular y no como perjudicada.

..................................

P.D.- Permítaseme una apostilla. Con los datos expuestos, para un lector común, no experto en leyes, y no habiendo podido leer la totalidad de los argumentos, este auto de sobreseimiento sentaría un curioso principio: En cualquier acuerdo que se firme, por ejemplo a diez años, una de las partes puede engañar a la otra sin consecuencias ni responsabilidad penal, siempre que el propósito de engañar no fuera inicial sino sobrevenido, en el transcurso de la ejecución plurianual del convenio. Dicho así no sé si será legal -me imagino que sí, pues lo sostienen un fiscal y una magistrada- pero al menos muy lógico no suena.

Traslademos el caso a otro ámbito: Un organismo público adjudica a una empresa particular la ejecución de un plan de viviendas a diez años. Si a los cinco años la empresa, o alguien, comienza a sustituir algunos ladrillos aquí y allá por bloques de cartón-piedra, como los primeros cinco años se hicieron las casas perfectamente, cuando nadie tenía intención de engañar, pues lo que ocurra después no es importante, no pasa nada, aunque un edificio empiece a agrietarse, o se venga abajo. No tiene lógica que algo así no conlleve cierta responsabilidad penal sólo por haberse producido con posterioridad a la adjudicación. El incremento patrimonial para la empresa, o el enriquecimiento ilegítimo, se darían a partir del momento en que los materiales usados y la obra prometida -en definitiva el resultado final- no tuvieran ya el valor estipulado al principio, por el que el organismo pagaría a la constructora lo mismo cada año.

Y todo ello además sin entrar antes que nada a establecer si los ladrillos son auténticos o de cartón-piedra, ni si el cambiazo lo hizo la empresa, sólo alguien de ella, algún avispado obrero, o quién... Porque, ¿qué impide a un juez, si considera que no está bastante justificada, completar por sí mismo la "justificación de la perpetración de una infracción penal"? A veces el ciudadano de a pie no consigue entender los razonamientos de la Justicia.

Visitas: 8166

Comentario por Percha el noviembre 20, 2009 a las 10:26pm
Pues ya es curioso Roslyn, pues Cerdán participó en un libro con Idioa Filloy en 1999. Así que esos datos no parecen cuadrar mucho.

Eso, por no hablar de que, por lo que parece, Cerdán dice que él no encargó los análisis del CNRS.
Comentario por David Montero el noviembre 20, 2009 a las 10:26pm
Dª Roslyn.

Su lógica me parece más sorprendente todavía. Si el problema del Sr. Gil hubiera sido simplemente encargar un trabajo al Sr. Cerdán, nadie se lo hubiera reprochado. El problema del Sr. Gil fue mantener a machamartillo hasta última hora lo que ya era evidente que no era lo que se pretendía. Yo soy de los que creen que, a salvo de nuevas revelaciones, no existen ni pruebas ni indicios de que el Sr. Gil haya sido autor o colaborador en la autoría de los falsos óstraka. Los errores del Sr. Gil me parece que son de otro tipo penalmente no cualificable. Pero si hay algo que no encaja con esa suposición es justamente el emperramiento en mantener la validez de unos trabajos que, aunque sólo fuera por algunos episodios lamentables de manipulaciones, debían haberle puesto la mosca tras la oreja. Y seguir, a fecha de hoy, sin haberse pronunciado como sería esperable de una persona inocente (en el sentido intelectual de la palabra), como una víctima de unos manejos turbios. Porque lo que no me encaja es por qué no se ha tirado al cuello del que le hizo quedar como un tonto y se haya desentendido del problema con tibias manifestaciones contra los estudios que él daba como contundentes y que le habían servido todavía a finales del 2008 y a principios de 2009 para pretender callar la boca a sus críticos. Si relamente él fue el primer engañado debería estar subiéndose por las paredes. Así que lo que no es comprensible es su pasividad, antes y ahora.

Como ve eso no tiene nada que ver con que el Sr. Cerdán pudiera haber engañado a unos y a otros. Porque hay engaños y engaños. Y cuando el Sr. Gorrochategui dice que de haber unos informes analíticos que validan los óstraka falsos debe ser que están mal hechos los estudios, no demuestra más perspicacia que el Sr. Gil (o el Sr. Iglesias, que no ha entendido nada de nada en este punto y se rasga las vestiduras ante un cadáver que se ha inventado él solo), demuestra simplemente que no ha tomado como inexpugnable una posición que se desmoronaba sola. Las razones de por qué el Sr. Gil hace como que no se da cuenta (o realmente no se da cuenta) de que está entre ruinas es un asunto que hoy por hoy permanece en el campo de lo subjetivo. Quizás de pequeñito vio aquello de "El Alkazar no se rinde" y se lo tomó en serio.
Comentario por Roslyn M. Frank el noviembre 21, 2009 a las 7:45am
Don David: ¿Por casualidad, puede citarnos la página y el nombre del documento dónde dice esto el dr. Gorrochategui?

Y cuando el Sr. Gorrochategui dice que de haber unos informes analíticos que validan los óstraka falsos debe ser que están mal hechos los estudios…

Que yo sepa nadie dijo que los estudios analíticos de Cerdán validaban la autenticidad o la falsedad de las inscripciones, solo el hecho de que los soportes habían estado enterrados durante bastante tiempo.

Y en cuanto a la queja que tiene Ud. de que Eliseo Gil no inculpó públicamente a Cerdán, tal vez tiene algo que ver con el hecho de que todavía hay gente que piensa antes de hablar, que tiene en cuenta los problemas de acusar a alguien cuando su culpabilidad todavía no está probada y que hay gente que tiene en mente los problemas que pueden sugerir por difamar a presuntos inocentes sin pruebas y/o difamar a los que han sido condenados mediáticamente en foros de Internet y la prensa pero no todavía en los tribunales.

Si fue un error de su parte no hacerlo, no se lo puedo decir.

Antes de dejar el tema, tengo una pregunta para todos cuya respuesta francamente no sé. ¿Sabemos si contrató la Diputada a algún experto en este campo, digamos, de renombre internacional, para averiguar si los analíticos se hicieron bien o mal y/o para investigar a fondo las otras cuestiones todavía pendientes pero igualmente relacionadas con los estudios de Cerdán?

Saludos.
Comentario por Alicia M. Canto el noviembre 21, 2009 a las 8:15am
Debo aquí un par de respuestas, incluída a Ud., Roslyn, disculpe, que anduve muy liada, lo haré.

De todos modos, ¿ha leído Ud. ya el nuevo post, con la esperada noticia de hoy, que venía a informar aquí? Me da incluso la sensación de que tantísima actividad últimamente desplegada por el "Equipo Veleia" (ahora no hablo del "A") era como un colchón para esto que se temían que cayera encima de un momento a otro. Lo que no sé es si a algunos les parecerá "científico" el trabajo de los grafólogos, o que también son sólo "opiniones".

Hasta ahora no hemos podido conocer esta nueva imagen del "caso":

pero a partir de ella cualquiera puede ahora buscar parecidos con esas "S", esas "A", esas "G"...
Comentario por David Montero el noviembre 21, 2009 a las 8:40am
Roslyn.

La referencia a la puesta en duda de Gorrochategui de la validez de los análisis de pátinas que presentaba el Equipo Lurmen la puede Ud. encontrar en el artículo del Sr. Iglesias. No me pregunte la página porque supongo que Ud. lo ha leido detenidamente. Al menos eso deduzco de su interés en que se discuta. Pues bien, discutámoslo.

Si. El Sr. Gil es muy cauteloso con el Sr. Cerdán y muy poco cauteloso con quienes le llevan la contraria. Ese extraño comportamiento es el que probablemente le llevó a poner una querella contra la DFA que fue desestimada a la primera. Había perdido la cautela con la que trata al Sr. Cerdán (a pesar de que éste le colaba gráficas trucadas y presumía de analíticas que no eran).
Comentario por David Montero el noviembre 21, 2009 a las 9:35am
Jabo:

El trabajo del Sr. Baxarias no sólo es que no respete el protocolo de explicación, es que es la absoluta inconcreción en todo. Ni siquiera sabemos qué criterios aplica a qué piezas. Hay que hacer un esfuerzo de imaginación para llamar a eso un informe científico.
Comentario por David Montero el noviembre 21, 2009 a las 9:39am
Alicia, Ud. nos informa de que los romanos no hacían inscripciones en hueso. Pero los chinos sí. Esto abre nuevas e insospechadas posibilidades a los "extraordinarios hallazgos" de Iruña Veleia.

Comentar

¡Necesitas ser un miembro de Arqueologia, Historia Antigua y Medieval - Terrae Antiqvae para añadir comentarios!

Participar en Arqueologia, Historia Antigua y Medieval - Terrae Antiqvae

TRANSLATE BY GOOGLE

Busca en Terrae Antiqvae

Recibe en tu correo los últimos artículos publicados en Terrae Antiqvae -Boletín Gratuito-

Enter your email:

Courtesy of FeedBurner

 

Donaciones

Terrae Antiqvae es una Red Social sin ánimo de lucro. Necesitamos tu apoyo para el mantenimiento del sitio. Apadrina esta Comunidad 

¡Gracias por tu ayuda!

Contacto con el editor:

Publicidad by Google

 

Lo más visto

Patrocinador: SMO Sistemas

Nuestro Canal de Vídeos en YouTube. ¡Suscríbete!

Síguenos en Redes Sociales: Facebook y Twitter

¡Gracias por visitarnos! ¡Bienvenid@!

Estadísticas desde 12 de noviembre de 2014.

Derechos de Autor:
Licencia de Creative Commons
Terrae Antiqvae® is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 Unported License.

Información legal: Terrae Antiqvae® es Marca registrada por José Luis Santos Fernández. Marca nº 2.679.154 - Clase 41, Madrid, España. Reservados todos los Derechos. En Internet desde Julio de 2001.

Normas de la Comunidad (Aviso Legal):  Netiqueta - Términos de servicio

© 2024   Creado por José Luis Santos Fernández.   Tecnología de

Emblemas  |  Reportar un problema  |  Términos de servicio

Usamos cookies propias y de terceros que entre otras cosas recogen datos sobre sus hábitos de navegación para mostrarle publicidad personalizada y realizar análisis de uso de nuestro sitio. Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK Más información | Y más