Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos X: la sentencia

Fuente (1)

Con fecha 8 de junio de 2020, la "Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Vitoria-Gasteiz, Iltma. Sra. Dª ISABEL MARÍA DIEZ-PARDO HERNÁNDEZ..., habiendo visto los presentes autos de procedimiento abreviado núm. 389/2018, por DELITO CONTINUADO DE DAÑOS en el PATRIMONIO HISTÓRICO en concurso con DELITO CONTINUADO de FALSEDAD en DOCUMENTO PRIVADO, y DELITO CONTINUADO DE ESTAFA en concurso con DELITO continuado de FALSEDAD en DOCUMENTO PRIVADO, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública..." (etc.), ha producido finalmente la Sentencia nº 44 /2020, dada a conocer al público ayer día 10, y cuyo Fallo se contiene en las págs. 252-254 del documento, que es accesible a todos en pdf, en este enlace de EiTB.

Habiendo alcanzado el post anterior en Terrae Antiqvae sobre este tema, "Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos IX: El auto de apertura de juicio oral" (de 4 de mayo de 2017) casi 95.000 visitas, y 174 páginas con miles de comentarios, parece razonable abrir un nuevo post. Pero, dado que el siempre diligente contertulio Percha ya enlazó y transcribió ayer en él las noticias de tres medios vascos, lo haré yo ahora con la noticia en El País de ayer, como importante medio nacional en hacerse eco de la misma.

Dos años de cárcel por falsear hallazgos arqueológicos en el yacimiento de Iruña-Veleia

La jueza considera que se manipularon piezas para conferirles un valor histórico

Juan Navarro

Bilbao - 10 jun 2020 - 11:55 CEST

Eliseo Gil y Rubén Cerdán, acusados del fraude, este miércoles en la última sesión del juicio.

El Juzgado de lo Penal 1 de Vitoria-Gasteiz ha condenado a dos años y tres meses de prisión al arqueólogo Eliseo Gil por un delito continuado de estafa y otro de falsedad documental, en el caso de sus hallazgos en el yacimiento de Iruña-Veleia (Álava).El fraude se remonta a 2005 y 2006. Gil anunció que su equipo había dado con unas piezas de arcilla del siglo III que representaban un calvario y que contenían referencias jeroglíficas egipcias y signos de euskera. Este hallazgo era algo revolucionario puesto que adelantaba la aparición de los primeros vocablos escritos en lengua vasca 800 años. Pero el hito ha quedado desmontado en el juicio: la magistrada entiende que en la excavación se realizaron grabados sobre 36 piezas arqueológicas para conferirles así un valor histórico del que carecían, por ser simplemente cerámica ordinaria, y poco relevante, de la época romana.

La Fiscalía —que cifraba en más de cien las intervenciones recientes en las cerámicas— y la Diputación de Álava, personadas como acusación, reclamaban entre cinco años y medio y siete años y medio de cárcel para Gil, pero las “dilaciones en el proceso”, que se ha prolongado durante casi 15 años, han influido en la decisión judicial, según la resolución. La sentencia también condena a un año y tres meses de cárcel a Rubén Cerdán, un supuesto físico nuclear formado en Tel Aviv que elaboró los informes que avalaban la autenticidad de los hallazgos. Gil, según la sentencia, también debe pagar 72 euros, dos euros por cada pieza adulterada. Además, él y su socio tendrán que abonar 12.490 euros a la Diputación Foral de Vitoria, a quien le cobraron el informe irregular valorado en esa suma por el que Cerdán, “movido por el ánimo de obtener un lucro ilícito” según la sentencia, confería relevancia a esos materiales vulgares.

El grupo Lurmen gestionaba los trabajos en el yacimiento Iruña-Veleia y actuaba con una subvención de 3,7 millones de euros a cargo de la sociedad pública Euskotren.El juicio requirió 12 sesiones. En él varios investigadores declararon que se fueron de la excavación por las irregularidades en los métodos. Las piezas valiosas aparecían solo después de pasar por los lavados manuales, y los hallazgos sobre el terreno nunca revelaban incisiones reseñables. Cuando se colocaron cámaras de seguridad en el yacimiento, nunca más volvieron a aparecer restos con el empaque histórico que supuestamente tenían los que habían sido hallados hasta entonces.

Uno de los trabajadores, Óscar Escribano, admitió que falsificó uno de los vestigios a modo de “broma”. Escribano declaró en la primera jornada del juicio y aceptó un año de cárcel.En la sentencia la magistrada admite que no puede confirmarse totalmente si fue Eliseo Gil quien realizó los grabados sobre las piezas cerámicas, pero los conocimientos del arqueólogo y el cargo que ostentaba como director de las operaciones le permitían conocer a la perfección que los materiales que mostraba como únicos eran falsos. “Él mismo o terceros por su encargo tuvieron la ocasión de causar los daños que las piezas presentan”, explica la resolución. Las sospechas ponían a Gil en la diana porque los estudios realizados sobre los materiales mostraban que las grafías se asemejaban mucho a muescas que el propio arqueólogo aplicó en forma de adorno sobre una letrina que se construyó como réplica en la excavación.

...................

Un primer comentario


La sentencia, tal como se indica a su final (pág. 254) es recurrible por los condenados, entiendo que en un plazo de 20 días: "Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava, que se interpondrá en el plazo de diez días, en la forma prevista en el art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, plazo que queda ampliado por un plazo igual de diez días, de conformidad con lo dispuesto en el art. 2 del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia..." etc.

Después de leer buena parte de la sentencia, y viendo a Eliseo Gil tan solo y tan falto de los decisivos apoyos académicos de la Universidad del País Vasco que tuvo entre marzo y junio de 2006 (y más allá aún...), sin los cuales todo esto nunca habría llegado tan lejos (sobre tan importantes validaciones científicas, que sorprende que Gil no haya usado a fondo en su defensa, la sentencia calla por completo, o incluso directamente no refleja la verdad, como en la pág. 117), el primer comentario que me viene ahora a la cabeza es aquel célebre aforismo que se atribuye al gran Napoléon Bonaparte (que de ambas cosas sabía mucho):

"La victoria tiene muchos padres, pero la derrota es huérfana".

Todos los verdaderos conocedores del larguísimo y complejo "Caso Iruña-Veleia" saben por qué lo digo, y también por qué no puedo decir más. Según otra célebre frase del mayor genio corso, "sólo la verdad es siempre ofensiva"...

(1) Es el ya megafamoso "Calvario", una de las primerísimas fotos de las menos de una decena facilitadas por el Equipo Veleia en las dos primeras semanas de este berenjenal (2006) (no dieron ni una sola de las "euskéricas"), pero que sirvió para, aún sin poder ver la foto, poder "levantar la liebre" ya el 14 de junio de 2006 (el día anterior a la segunda rueda de prensa), gracias al realmente inaudito patinazo de escribir sobre la cruz de Cristo "RIP" en vez de "INRI".

Por cierto que en la sentencia, entre las páginas 155 y 158, la Sra. Juez dedica bastante espacio a esta pieza 12108, llegando a afirmar que "lo cierto es que ha quedado patente en el plenario el error sufrido por los tres expertos citados [a saber: P. Ciprés Torres, J. Santos Yanguas e I. Velázquez Soriano] pues no hay tal inscripción RIP sino tres rayas sobre la cruz, tal como ha puesto de manifiesto la testigo Paloma López Sebastián, técnico en restauración del Museo Arqueológico en el momento de los hechos, en el plenario y ha explicado que, respecto a la pieza del "RIP'' (calvario), cree que no pone ''RIP'', y que en su opinión, son sólo tres rayitas, las mismas que aparecen en otras piezas de Iruña-Veleia y que parece que pone ''RIP" por los desconchados o faltas de barniz (folios 12339 á 12342 de los autos), imágenes que fueron exhibidas en el plenario y que, de haberse estudiado las piezas de forma directa mediante microscopios o algún otro sistema de aumento se hubiera podido apreciar, no siendo suficiente la lupa, aun con 8 aumentos, pues tampoco ha sido observado por los peritos calígrafos Sres. Ezcurra y Martínez Grávalos, como ya he recogido al analizar dicha prueba".

Con el permiso de la Sra. magistrada, y el de la restauradora a la que ella cita, sin el menor espíritu gremial (como es fácil suponer), y porque lo vi desde el principio, ahí no hay "tres rayitas", sino un RIP como una catedral, sólo que al falsario, una de dos, 1) se le escapó el buril y no supo cerrar por arriba la R como debía. O 2) alternativamente, le quedó corto y demasiado recto el travesaño oblicuo de la R, y lo "mejoró" con otro más largo y en la posición correcta. Vamos, ¡si es que vale para algo la opinión de una epigrafista profesional y con alguna experiencia en epígrafes falsos (desde 1990)! Para ver el problema gráfico del letrero no hay que usar lupas ni microscopios potentes, basta con saber algo de Epigrafía.

Y la mejor prueba de que se quiso poner un RIP es que fue eso precisamente lo que E. Gil y J. Santos anunciaron a la prensa y se publicó el 9 de junio de 2006 (¡y viéndolo como "un epitafio normal"!): "En la parte superior de la cruz de la cerámica alavesa aparece escrito RIP (requiescat in pacem [sic!]-descanse en paz) un epitafio que comenzó a utilizarse justo en la época en la que ha sido datada y que se sigue utilizando en nuestra cultura funeraria..." (el enlace ya no funciona, pero se conserva en mi comentario antes citado). La “prueba del 9” del RIP, por tanto, estaba ya contenida en el propio anuncio de este óstrakon en 2006. Por cierto que es un argumento no utilizado hasta el momento (hasta donde sé) por ninguno de los diversos expertos oficialmente convocados. Casualidades…

La foto, muy conocida, procede de esta otra noticia de ayer en otro medio nacional: "El arqueólogo que falseó la historia del euskera y del cristianismo, condenado a dos años y medio".

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Comentario por Larra el octubre 6, 2020 a las 9:27pm

¿Esa noticia es de hoy? IM-PRE-SIO-NAN-TE...

RIP, cerdito Porky, un "rarísimo" elefante, Descartes...hoy, después de todo lo que se ha dicho y se sabe para estas alturas.

No sé ni qué decir ya. Se me ocurre "vergüenza" pero se ha dicho tantas veces...

Bueno, pues nada, gracias por el enlace, Percha.

Comentario por Larra el octubre 6, 2020 a las 9:59pm

Al final me he armado de valor y me lo he leído. Mal hecho, por poco vomito la cena.

Dice que la sentencia puede ser recurrida, ¿pero no publicó el propio Correo Español que ya había sido recurrida? 

Conociendo el rigor de este periódico, bueno, de la prensa actual en general, seguro que al final ni se exponen las piezas ni nada de lo que se dice ahí. De hecho me extraña muchísimo que las vayan a exponer, pero muchísimo. Ya veremos si se justifican para no hacerlo en comentarios contrarios a ello por parte de ciertos personajes.

Comentario por Larra el octubre 6, 2020 a las 10:15pm

Me acaban de mandar esta otra joya del mismo diario:

https://www.elcorreo.com/alava/araba/piezas-iruna-veleia-2020100622...

Comentario por Raúl Villanueva el octubre 6, 2020 a las 11:22pm

Percha, tengo una duda que te agradezco contestación. Gracias.

Es cierto que la jueza que llevo este asunto de Iruña Veleia no admitió como prueba pericial el informe, "Un Parecer...", del profesor Antonio Colmenero?.

Comentario por Percha el octubre 6, 2020 a las 11:49pm

Estimado Raúl, en la sentencia no se tienen en cuenta ninguno de los informes basados en argumentos no físico/técnicos (epigráficos, filológicos, iconográficos etc) al entender el tribunal que no le corresponde entrar en esos aspectos, dejando su valoración a cada rama científica. Eso incluye el "parecer" de Colmenero. Puede leer, y descargarse, la sentencia completa aquí.

Comentario por Raúl Villanueva el octubre 7, 2020 a las 12:03am

Le agradezco su contestación, Percha.

Me pareció haber leído en algún momento que el Juzgado, quién corresponda, devolvía y no aceptaba el informe Colmenero.  Gracias.

Comentario por Percha el enero 28, 2021 a las 2:01pm

La Audiencia de Araba ratifica la condena por «estafa» en Iruña Vel...

Segunda jornada del juicio por los hallazgos de Iruña-Veleia. (Juanan RUIZ / FOKU)
Imagen del juicio por los hallazgos de Iruña-Veleia. (Juanan RUIZ / FOKU)

La Audiencia Provincial de Araba ha desestimado los recursos del arqueólogo Eliseo Gil y de Rubén Cerdán contra la sentencia que les condena por «estafa» de los supuestos hallazgos en el yacimiento de Iruña-Veleia. Además, establece un incremento de la multa impuesta en primera instancia a Gil, al haber sido estimado parcialmente el recurso de la Fiscalía y de la acusación ejercida por la Diputación alavesa.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Gasteiz condenó el 10 de enero del año pasado a dos años y tres meses de pr... por un delito continuado de «estafa» y un delito continuado de «falsedad documental» por el caso de los supuestos falsos hallazgos.

En aquella sentencia también se condenaba a Rubén Cerdán, que elaboró los informes que avalaban la presunta autenticidad de los hallazgos, a un año y tres meses de cárcel por un delito continuado de «estafa», en concurso con un delito de «falsedad documental».

La resolución del Juzgado de lo Penal número 1 de Gasteiz constataba que entre los meses de julio de 2005 y junio de 2006, Eliseo Gil «bien por sí mismo o bien por medio de terceras personas, realizó incisiones para dotar de diversas inscripciones en 36 piezas arqueológicas tardo-romanas auténticas de cerámica» que habían sido desenterradas en el yacimiento.

Aquella sentencia fue recurrida por los dos acusados, que solicitaban su absolución y, entre otras cuestiones, reclamaban la nulidad de toda la instrucción y alegaban que se había roto la cadena de custodia de las pruebas.

A su vez, la Fiscalía y la acusación particular, ejercida por la Diputación Foral de Araba, también recurrieron el fallo, dado que las condenas impuestas rebajaban de forma significativa las penas que solicitaban para los acusados.

Sentencia basada en «contenidos y bases científicas»

La Audiencia Provincial de Araba, sin embargo, ha desestimado los recursos de apelación presentados por Gil y Cerdán. Entre otros argumentos, la Audiencia señala que la sentencia de la magistrada estuvo basada en «contenidos y bases científicas» y que todas las diligencias practicadas por la Policía durante la fase de investigación «entran dentro de las funciones que tiene encomendadas».

Por otra parte, la Audiencia ha estimado parcialmente el recurso de la Fiscalía y de la Diputación Foral de Araba, introduciendo una ligera modificación respecto a la sentencia decretada en primera instancia.

El único cambio afecta a uno de los delitos por los que se condenó en primera instancia a Gil, en concreto al delito continuado de «falsedad documental» en concurso con una «falta continuada contra el patrimonio histórico-cultural». La Audiencia Provincial acepta en parte la petición de la acusación, y eleva de falta a delito la actuación contra el patrimonio histórico-cultural que se atribuye a Gil. Esta modificación implica la imposición de una multa adicional de seis meses con una cuota diaria de seis euros.

Comentario por Percha el enero 28, 2021 a las 2:05pm

La Audiencia de Álava confirma que los gestores del yacimiento arqu...

Desestima todos los recursos y ratifica las condenas de cárcel y la indemnización de 72 euros por cada pieza

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El dibujo de un cerdo con la inscripción "Júpiter", todo ello centrado en una pieza rota elDiario.es/Euskadi

La Audiencia Provincial de Álava ha desestimado los recursos interpuestos por Eliseo Gil y su empresa, Lurmen S. L., contra la sentencia que los condenó por la estafa arqueológica del yacimiento romano de Iruña-Veleia, en Álava. Confirma que "procede ratificar la convicción judicial de que el acusado es un falsario y un estafador". Se mantienen las penas de cárcel para él y también para Rubén Cerdán, con quien falsificó unos informes para dar credibilidad a los yacimientos. Sin embargo, al no superar los dos años, podrían no suponer el ingreso en prisión. Deberán, además, indemnizar al Gobierno vasco y a la Diputación de Álava con 36 euros por cada una de las piezas estropeadas y deberán también abonar las cotas de los recursos.

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"Salieron jeroglíficos que no había en Ampurias, Mérida o Hispalis y nos preguntamos qué pasaba en Iruña-Veleia"

Saber más

La Audiencia desestima todos los recursos interpuestos por los acusados y también por el Ministerio Fiscal y se reafirma en la certeza de que lo que acaeció en los yacimientos situados a las afueras de Vitoria fue una estafa. Se muestra tajante en lo relativo a la alteración de los grafitos y señala que la presencia de metales inalterados no es la única prueba de una manipulación reciente. "Las piezas arqueológicas han permanecido siglos enterradas y eso las cubre de costras y depósitos que afectan por igual a toda la superficie, también a las marcas de textos o dibujos (grafitos) sobre las piezas. Si el trazo de estos secciona las costras o depósitos de sedimentos es que no datan del tiempo del enterramiento, sino que se han ejecutado después de desenterrados. No hay que ser especialista para concluir de esta manera, pues es de sentido común", zanja la sentencia.

En junio de 2020, el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria dio a conocer la sentencia por las falsificaciones en el yacimiento de Iruña-Veleia,... de 72 euros. Los condenados fueron Eliseo Gil —que dirigía las excavaciones y que se enrocó en todo momento en la defensa de la veracidad de los hallazgos— y Rubén Cerdán, con quien el primero se congració para la elaboración de un informe que corroborase "la apariencia de autenticidad". Ambos fueron condenados a un año y tres meses de prisión por estafa, que en el caso de Gil se sumaron a otro año por falsedad documental.

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Eliseo Gil, uno de los condenados, atiende a los medios de comunicación a su llegada al juicio EFE

Las piezas falsificadas se presentaron por primera vez en 2005 y, de haber sido auténticas, habrían alterado varias certezas históric.... Pero, de haber podido ser la nueva Pompeya, Iruña-Veleia pasó a ser conocida por la gran estafa arqueológica.

La sentencia es también clara a la hora de desestimar la supuesta falta de motivación que se derivaría del hecho de que Lurmen, la empresa de Gil, atravesaba un buen momento tanto en lo económico como en lo profesional cuando sucedieron los hechos. "No necesitaban los 'hallazgos excepcionales', pero los móviles humanos para actuar de una concreta manera, incluso de modo ilícito, suelen ser tan complejos como la propia condición humana y, por ejemplo, la ambición puede constituir una potente palanca en el comportamiento de las personas", abunda la sentencia.


elDiario.es/Euskadi

Comentario por Koenraad Van den Driessche el enero 31, 2021 a las 5:48pm

Hola a todos,

La conclusión general de la sentencia de la Audiencia Provincial es que la Sentencia en Primera Instancia está basada en «contenidos y bases científicas», como afirman los medios de comunicación.

(Euskarren Jatoria ha publicado la sentencia)

Leo en la página 8:


Leo en la página 17:

Esto reflejo efectivamente uno de los criterios de Navarro.

Durante estos doce años he visitado muchos museos de arqueología, y mi interés iba siempre a la colección de grafitos, pues creo que casi nuca he visto un grafito con costras en los surcos.
Si tomamos a pie de letra las conclusiones de los Jueces, todos esos grafitos, incluido los del Museo Bibat son falsos porque es de sentido común que tienen tener costras en los surcos si son de antes de la fase del enterramiento arqueológico.

¿O los Jueces se equivocan a base del informe de Navarro, y se olvidan que se limpian los surcos para poder estudiar lo grabado?

Comentario por Larra el febrero 2, 2021 a las 8:25pm

Eso me parece a mí de sentido común, Koen, pero tal vez una eminencia como Alicia M. Canto pueda decirnos aquí si el fundamento de la sentencia en lo relativo a costras y metales modernos le parece razonable, o incluso más que eso. 

Igual si las miles de piezas que la doctora M. Canto ha tenido la oportunidad de estudiar fueran sometidas a las mismas pruebas a las que lo fueron las piezas analizadas por el equipo de Navarro le podríamos dar la razón a éste.

A mí me encantaría conocer su opinión.

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